Tarjeta permanente: el trámite que está de moda
- La tarjeta se denomina residencia de larga duración en la nueva Ley de Extranjería.
- Esta nueva tarjeta permite buscar trabajo en los 27 países miembros de la UE.
Entre el 7 de febrero y el 7 de mayo de 2005, 691.655 extranjeros se acogieron al proceso de regularización extraordinaria. De ellos, 548.720 pudieron tramitar su alta en la Seguridad Social y obtener un NIE que los sacara de años de irregularidad e incertidumbres.
Los primeros afortunados comenzaron a recibir sus tarjetas a mediados de abril, mientras que los casos más complicados tuvieron que esperar hasta noviembre y diciembre para ver resuelto su expediente, después de recursos y papeleos legales.
Lo cierto del caso es que el grueso de los regularizados recibieron su primer NIE entre abril y septiembre de 2005, marcando así un contingente que revolucionaría las oficinas de extranjería en cada aluvión de renovaciones.
IGUALDAD LABORAL
Ahora toca el turno de la tarjeta de larga duración, conocida como permanente hasta la entrada en vigor de la nueva Ley de Extranjería.
Se trata de una tarjeta especial, que dura cinco años y que permite acceder al mercado laboral “en igualdad de condiciones que los españoles”, según reza textualmente la normativa legal. Eso se traduce, en la práctica, en que el residente de larga duración ya puede trabajar por cuenta propia, es decir darse de alta como autonómo sin necesidad de tediosos y complejos procesos legales, que frenan el emprendimiento.
Un residente temporal, por ejemplo, necesita presentar solvencia económica y un plan de empresa para poder abrir un locutorio o una empresa de mudanzas a su nombre.
Igualmente, la tarjeta de larga duración permite buscar trabajo en los veintisiete países de la Unión Europea, aunque la gestión para convalidar el NIE español se hace a través de los consulados y suele ser bastante engorroso. Pero la posibilidad está abierta, al menos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Llevar cinco años de residencia legal e ininterrumpida en España. En la mayoría se accede a ella después de la tarjeta denominada como “segunda renovación”.
- No tener antecedentes penales ni policiales.
- Estar a paz y salvo con Hacienda, lo cual incluye deudas por cotizaciones a la Seguridad Social, declaraciones de renta y multas de tráfico que se encuentren en proceso ejecutivo de cobro.
¿Qué documentos tengo que presentar?
- Fotocopia de todo el pasaporte o pasaportes que haya usado en los últimos cinco años (desde el 2005). Se trata del requisito más importante del proceso, ya que el funcionario revisará que no haya permanecido fuera de España más de seis meses por año.
También examinará que sus ausencias no hayan superado un total de doce meses en los últimos cinco años.
Si ha extraviado algún pasaporte desde 2005, debe presentar una denuncia y una declaración ante notario.
Si usted ha permanecido más de seis meses por año fuera de España, consulte con un abogado de extranjería, es un motivo de denegación seguro.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Fotocopia del NIE actual.
- Informe de vida laboral actualizado. Se solicita a través de www.seg-social.es y se tarda alrededor de diez días en llegar al domicilio del interesado. También puede pedirlo en el teléfono 901 50 20 50. Verifique la dirección de envío.
- Tasas pagadas con anterioridad. Como ya informó Latino en ediciones pasadas, ahora se está exigiendo el pago de cualquier trámite de extranjería con anterioridad a la evaluación del proceso. Este cambio ha provocado que muchas solicitudes queden archivadas por falta de pago.
- Formulario EX-00 cumplimentado. Puede obtenerlo en www.map.es, a través de “renovaciones”.
Esta guía jurídica se ha elaborado con la orientación de la asociación Solidaridad sin Límites de Madrid. En Barcelona ha colaborado el bufete de abogados Mas Ramón y en Valencia, la asociación Aesco.





Comentarios (5)
Deja tu comentario08/Nov/2010 | 17:40
xmdag
10/Oct/2010 | 12:52
En la oficina de la calle Serrano (Madrid) me informaron que la renovación de las tarjetas de larga duración (permanente) está tardando. Actualmente, en octubre de 2010, apenas están respondiendo las solicitudes hechas en mayo de 2010….lo que sí me dijo la funcionaria es que no deje que mi solicitud llegue a los 5 meses sin respuesta, antes de cumplir los 5 meses de solicitud, si no hay respuesta hay que ir personalmente a solicitar información y ver qué pasa, porque entonces se corre el riesgo de que te la puedan denegar o de que tu expediente haya sido archivado por algún inconveniente
04/Sep/2010 | 02:35
Alguien puede decirme cómo y dónse pedir cita, mi segunda tarjeta (1a renovación)caduca el 10/10/10 he ido a todas las webs de extranjería y es imposible, tal vez sepan de algún número de telefono.
GRACIAS
25/Aug/2010 | 12:03
Tiene razón: en principio no se pide cotización a la seguridad social ni contrato de trabajo, pero la asesoría jurídica subraya que conoce casos en que se han exigido estos documentos y prefiere curarse en salud. Muchas gracias por su aclaración.
24/Aug/2010 | 20:01
Excelente artículo pero adolece de un lamentable error. La Tarjeta de Larga duración (Permanente) no obliga al extranjero a estar trabajando ni cotizando ni cobrando paro ni ninguna prestación. Según el Reglamento de Extranjería, es suficiente con haber residido 5 años legalmente en España. Por ese solo hecho ya se tiene derecho a esta Tarjeta.
Gracias!