Otra de las novedades del Reglamento de Extranjería: residencia para víctimas de violencia de género
- Continuamos con nuestro especial sobre los principales cambios en la Extranjería a partir del Reglamento que tendrá vigor en dos meses.
- Hablamos de las novedades respecto a las víctimas extranjeras de violencia de género y la posibilidad de regularizar su situación.
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Uno de los puntos del nuevo Reglamento de Extranjería que mejor se han recibido es el que abre la posibilidad de regularizarse a las extranjeras víctimas de malos tratos de sus parejas.
El capítulo II: “Residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género”, explica que a la extranjera en situación irregular que denuncie el maltrato, “le será suspendido el expediente sancionador hasta la finalización del proceso penal” y si no hubiera tenido abierto ningún expediente, su apertura será también pospuesta hasta que termine el procedimiento.
Dentro del Reglamento está establecido que la autoridad ante la que la mujer presente la denuncia, tiene la obligación de “informar inmediatamente” las posibilidades que le asisten, esto es: que podrá solicitar ante la Oficina de Extranjería correspondiente una “autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales”.
La solicitud de tarjeta de residencia y trabajo se puede hacer desde que “se haya dictado una orden de protección a su favor o emitido informe del Ministerio Fiscal en el que se aprecie la existencia de indicios de violencia de género”.
TAMBIÉN LOS HIJOS
Esta autorización de residencia se extiende a los hijos menores de edad y la de residencia y trabajo para los hijos mayores de 16 años que se encuentren en España “en el momento de la denuncia”.
EL PROCESO
Una vez presentada la solicitud de residencia temporal y trabajo, el delegado o subdelegado del gobierno concederá “una autorización provisional de residencia y trabajo a favor de la mujer extranjera y, en su caso, autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo provisionales a favor de sus hijos menores de edad o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer sus necesidades”.
Esta autorización se expedirá cuando exista una orden de protección a favor de la mujer extranjera o un “informe del Ministerio Fiscal que aprecie la existencia de indicios de violencia de género”.
Esta autorización, que tendrá vigencia desde el instante de su concesión, le permitirá a la mujer (y a sus hijos mayores de dieciséis años) trabajar en cualquier ocupación, sector y lugar.
En el plazo de un mes, la titular de la autorización habrá de solicitar, personalmente, la tarjeta de identidad de extranjero.
En esa tarjeta no dirá nada de su condición de víctima de violencia.
Si el proceso penal termina en sentencia condenatoria, la autorización de residencia y trabajo será concedida en un plazo de 20 días y ese permiso será por cinco años.
En cambio, si la resolución judicial dice que no ha habido violencia de género, se iniciará o continuará el procedimiento sancionador.
- ESPECIAL: Ley de Extranjería

Comentarios (4)
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30/Apr/2011 | 09:41
Podeis temblar los extranjeros, aluvion de denuncias con el fin de regularizar la situacion Y por mi profesion sé de lo que hablo. Se lo ponen en bandeja, justicia gratuita, papeles gratis, vivienda gratis, y a cambio solo denunciar a la pareja.
29/Apr/2011 | 15:44
hecha la ley, hecha la trampa
ahora vendran haciendo colas cientos de extranjeras compinchados con mafias para falsear declaraciones y obtener la residencia
mas de lo mismo
otro coladero legal de los muchos que hay en este jodido pais